lunes, 15 de junio de 2015

cuentas y dinamica cuenta 10-11

10 EFECTIVO Y EQUIVALENTES DE EFECTIVO CONTENIDO

Agrupa las subcuentas que representan medios de pago como dinero en efectivo, cheques, giros, entre otros, así como los depósitos en instituciones financieras, y otros equivalentes de efectivo disponibles a requerimiento del titular. Por su naturaleza corresponden a partidas del activo disponible; sin embargo, algunas de ellas podrían estar sujetas a restricción en su disposición o uso. NOMENCLATURA DE LAS SUBCUENTAS
 101 Caja
 102 Fondos fijos
 103 Efectivo en tránsito
 104 Cuentas corrientes en instituciones financieras
 105 Otros equivalentes de efectivo
 106 Depósitos en instituciones financieras
 107 Fondos sujetos a restricción
101 Caja. Efectivo en caja.
102 Fondos fijos. Efectivo establecido sobre un monto fijo o determinado.
103 Efectivo en tránsito. Fondos en movimiento entre los distintos establecimientos de la empresa, así como los que se encuentren en poder de las empresas transportadoras de caudales.
 104 Cuentas corrientes en instituciones financieras. Saldos de efectivo de la empresa en cuentas corrientes de disponibilidad inmediata.
 105 Otros equivalentes de efectivo. Incluye instrumentos financieros equivalentes de efectivo, emitidos por instituciones financieras, y de naturaleza disponible a requerimiento del tenedor del instrumento, tales comocertificados bancarios.
 106 Depósitos en instituciones financieras. Depósitos en ahorros y a plazo determinado.
 107 Fondos sujetos a restricción. Efectivo que no puede utilizarse libremente, ya sea por disposición de alguna autoridad competente o por mandato judicial.

 RECONOCIMIENTO Y MEDICIÓN Las transacciones se reconocen al valor nominal. Los saldos de moneda extranjera se expresarán en moneda nacional al tipo de cambio al que se liquidarían las transacciones a la fecha de los estados financieros que se preparan.

11 INVERSIONES FINANCIERAS CONTENIDO

Incluye inversiones en instrumentos financieros cuya tenencia responde a la intención de obtener ganancias en el corto plazo (mantenidas para negociación), y las que han sido designadas específicamente como disponibles para la venta. Además, esta cuenta contiene los instrumentos financieros primarios acordados para su compra futura, cuando son reconocidos en la fecha de contratación del instrumento.

NOMENCLATURA DE LAS SUBCUENTAS 111 Inversiones mantenidas para negociación 112 Inversiones disponibles para la venta 113 Activos financieros - Acuerdo de compra 111 Inversiones mantenidas para negociación. Las que se compran con el objetivo de venderlas en el futuro cercano. Los cambios en el valor razonable se reconocen en el resultado del período. 112 Inversiones disponibles para la venta. Acumula los instrumentos financieros no derivados distintos de las inversiones mantenidas para negociación y de las mantenidas hasta el vencimiento. 113 Activos financieros – Acuerdo de compra. Incluye los activos financieros para los que existe un acuerdo de compra que se liquidará en el futuro, cuando se reconocen en la fecha de contratación.

RECONOCIMIENTO Y MEDICIÓN Las inversiones mantenidas para negociación y disponibles para la venta, y las transacciones relacionadas con compromisos de compra, se reconocen inicialmente al costo de adquisición. Con posterioridad a su reconocimiento inicial, las inversiones se medirán a su valor razonable, y las que no tengan un precio de mercado activo y cuyo valor razonable no pueda ser medido con fiabilidad, se medirán al costo. Cuando se trata de inversiones mantenidas para negociación, la pérdida o ganancia resultante se reconocerá en las subcuentas 677 y 777, respectivamente. Las mediciones por variación del valor razonable en las inversiones disponibles para la venta se reconocen en la subcuenta 563. En el caso de los cambios por medición a valor razonable de los activos financieros incorporados en la subcuenta 113, el reconocimiento se efectúa de manera consistente con el tipo de instrumento de que se trata. Se debe reconocer la inversión en instrumentos financieros bajo acuerdo de compra según: - La fecha de contratación, que es la fecha en la que se compromete a comprar o vender un activo; o, - La fecha de liquidación, que es aquella en la que se termina la transacción. Cuando el reconocimiento es en la fecha de liquidación, no se utiliza la subcuenta 113, sino las cuentas de orden.

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